INFORMACIÓN GENERAL


Promotor: Junta de Andalucía

Sector: Agrícola​

Objetivos: la concesión de subvenciones a las PYMES y grandes empresas para la realización de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios contemplados en el anexo I del Tratado, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde la publicación de la convocatoria hasta el 16 de agosto de 2016 para PYMES y hasta el 16 de octubre para grandes empresas.


CONDICIONES PARTICULARES


Descripción de la financiación

Las ayudas consistirán en una subvención a la inversión subvencionable, en los porcentajes que a continuación se indican: 

  • El 50% de los costes elegibles, con carácter general para las PYMES 
  • El 25% de los costes elegibles, con carácter generalpara las grandes empresas

El importe mínimo del proyecto de inversión aprobado será de 100.000 € en el caso de las PYMEs y de 1.000.000 € en el caso de grandes empresas, excepto para los proyectos que exclusivamente contengan inversiones para implantación de sistemas de calidad y/o mejora de trazabilidad.

Beneficiarios

PYMEs y grandes empresas que ejerzan y asuman las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios, de los contemplados en el Anexo I del tratado. El resultado del proceso de producción podrá ser un producto no contemplado en dicho anexo.

No podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas, aquellas industrias que no estén en el ámbito de aplicación del Reglamento por el que se aprueba el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía. Se excluyen las sociedades civiles, comunidades de bienes y demás agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica.

Inversiones subvencionables

Las subvenciones reguladas en esta Orden, tienen como finalidad contribuir al aumento de la competitividad del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas, mediante la realización de una o más de las siguientes actuaciones, vinculadas al proceso de producción:

  1. Orientar la producción de acuerdo con las tendencias del mercado que se prevean o fomentar nuevas salidas al mercado.
  2. La mejora tecnológica o racionalización de los procedimientos de manipulación, transformación de productos agrícolas y de los canales de comercialización, incluida aquella que contribuya a mejorar la repercusión ambiental de la actividad.
  3. La mejora del acondicionamiento y la presentación de los productos agrícolas.
  4. La aplicación de nuevas tecnologías y el fomento de las inversiones innovadoras.
  5. La diversificación de las producciones agroalimentarias.
  6. Inversiones en transformación y comercialización (incluyendo el desarrollo de nuevos productos agrarios, desarrollo y empleo de nuevos materiales y tecnologías).
  7. Inversiones para mejoras e implantación de sistemas de generación de valor añadido y competitividad (certificados de huella hídrica, huella de carbono y defensa alimentaria, “food defense”).
  8. Implantación de los siguientes sistemas de gestión de calidad y/o mejora de trazabilidad
  9. Inversiones para la mejora de la eficiencia energética y la reducción del impacto ambiental, vinculadas directamente al proyecto de inversión.
  10. Inversiones realizadas por entidades resultantes de la fusión e integración de cooperativas u otras entidades asociativas agroalimentarias que permitan y favorezcan la concentración de la oferta y la comercialización.
  11. Inversiones destinadas a la reducción de los residuos generados, y al aprovechamiento de los subproductos, para la obtención de enmiendas orgánicas.

Para cada una de los beneficiarios sólo será subvencionable un proyecto de inversión que deberá ejecutarse en una sola instalación y que deberá corresponder con una única división. Sólo serán subvencionables las inversiones que hayan comenzado después de haber levantado la correspondiente “acta de no inicio”.

Gastos subvencionables

  • La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles de carácter productivo.
  • La adquisición e instalación de nueva maquinaria y equipos, incluidos los informáticos que formen parte de la automatización de procesos, y de control y registro para la calidad y/o mejora de la trazabilidad interna.
  • Los costes generales, vinculados a los gastos aprobados correspondientes a los dos apartados anteriores, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores, incluidos los estudios de viabilidad y las asistencias técnicas, pudiendo haberse realizado antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, hasta un plazo máximo de 9 meses.
  • Inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y marcas registradas.
  • Gastos de contratación de consultores externos y de certificación relativos a la implantación de sistemas.

Si estáis interesados en conocer más sobre esta convocatoria, podéis visitar el enlace de la convocatoria o contactar con nosotros a través del formulario que encontrareis en nuestra página principal, indicando cómo podemos ayudaros.