INFORMACIÓN GENERAL
Promotor: Junta de Andalucía
Programa: Pymetur
Objetivos
Subvención en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los servicios turísticos y creación de nuevos productos, en su modalidad de crecimiento y consolidación de las empresas turísticas.
Fecha de cierre: 12 de mayo de 2017
CONDICIONES PARTICULARES
Beneficiarios
Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME)andaluzas.
Quedan expresamente excluidas de esta Orden las sociedades civiles, las comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas físicas. No podrán acogerse a los incentivos objeto de esta Orden aquellas empresas que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Que tengan la condición de empresas en crisis
- Que hayan puesto fin a una actividad idéntica o similar durante los dos años anteriores a su solicitud de ayuda
Descripción de la financiación
Tratándose de microempresas y pequeñas empresas, hasta el 45% de la inversión aceptada; tratándose de medianas empresas, hasta el 35 % de la inversión aceptada. En ambos casos, con el límite de 200.000 euros por solicitud y proyecto subvencionable.
Se permite un anticipo máximo del 75% de la ayuda concedida a efectos de realizar la actuación.
Gastos subvencionables
- Construcciones, excluidos la adquisición de terrenos.
- Trabajos de proyecto y dirección facultativa.
- Mobiliario e instalaciones.
- Sistemas de información, software y equipos informáticos (hardware).
- Maquinaria y equipos.
- Gastos de asesoramiento.
Si estáis interesados en conocer más sobre esta convocatoria, podéis consultar el enlace de la convocatoria o contactar con nosotros a través del formulario que encontrareis en nuestra página principal, indicando cómo podemos ayudaros.
Muy buenas tardes,
Estaríamos interesados en saber si a parte de las instalaciones y mejora de las estructuras también se podría subvencionar parte de la promoción para dar a conocer nuestro producto a través de la prensa escrita y radiofónica, salones, ferias, etc… y poder de esa manera aumentar la afluencia turística en Níjar (Almería).
A la espera de noticias suyas,
Un saludo
Yolanda RENEDO
Muy buenas Yolanda, en esta convocatoria de ayudas sólo se podrán considerar proyectos subvencionables los proyectos de inversión inicial, entendiendo por inversión inicial o bien una inversión en activos materiales o inmateriales, ó bien una adquisición de activos vinculados directamente a un establecimiento.
Por tanto entendemos que una campaña de promoción no forma parte de los gastos subvencionables.
En este sentido deciros que aunque hay un gasto subvencionable que son los Gastos de Asesoramiento, entendemos que estos gastos de asesoramiento tienen que estar vinculados al asesoramiento de la inversión que se plantea en el proyecto.
Saludos,